Alquiler de vivienda en Aragón: normativa para propietarios
Guía de normativa de alquiler en Aragón: fianzas, depósito, vivienda protegida, obligaciones del arrendador y organismos oficiales.
Introducción
La normativa de alquiler en Aragón se rige principalmente por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) estatal, complementada con regulación autonómica en materias como el depósito de fianzas, la vivienda protegida y, en su caso, el alquiler turístico. Esta guía recoge las particularidades normativas que afectan a los propietarios que alquilan viviendas en Aragón.
Fianza y depósito
Importe
Vivienda habitual: 1 mensualidad de renta (art. 36 LAU) Uso distinto de vivienda: 2 mensualidades de renta
Organismo competente
Dirección General de Vivienda del Gobierno de Aragón
Plazo de depósito
15 días hábiles desde la firma del contrato.
Procedimiento
El depósito se puede realizar de forma sede electrónica del Gobierno de Aragón o presencialmente. Es necesario aportar los datos del contrato (partes, inmueble, renta, duración) y el importe de la fianza. Para información detallada sobre el procedimiento, consulte nuestra guía sobre fianza del alquiler en Aragón.
Obligaciones del propietario
Además de las obligaciones establecidas por la LAU (conservación, reparaciones necesarias, no perturbación), en Aragón el arrendador debe: Depositar la fianza en el organismo autonómico competente dentro del plazo establecido. Cumplir los requisitos de habitabilidad exigidos por la normativa autonómica. Disponer del certificado de eficiencia energética del inmueble.
Vivienda protegida
Aragón tiene regulación propia sobre vivienda protegida con limitaciones de renta para inmuebles calificados.
Depósito de fianzas
El Decreto 79/2014 regula detalladamente el procedimiento de depósito, estableciendo un plazo de 15 días hábiles y la posibilidad de gestión telemática.
Normativa aplicable
Normativa estatal
Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU) Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda Real Decreto-ley 7/2019
Normativa autonómica
Decreto 79/2014, de 13 de mayo (fianzas en Aragón) Ley 29/1994 LAU
Organismos oficiales
Dirección General de Vivienda del Gobierno de Aragón — gestión de fianzas y políticas de vivienda. Consulte la sede electrónica del gobierno autonómico para trámites telemáticos.
Preguntas frecuentes
¿Dónde se deposita la fianza en Aragón? En la Dirección General de Vivienda del Gobierno de Aragón. ¿Qué plazo hay para depositar la fianza en Aragón? 15 días hábiles desde la firma del contrato.
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